Contaminación Náutica

Es la introducción realizada por el hombre desde buques u otro tipo de embarcaciones, en forma intencional o accidental, de sustancias o productos en el medio acuático, que produzcan efectos deletéreos o dañinos a: los recursos vivos, la salud humana, las actividades acuáticas incluyendo la pesca, la calidad de las aguas ylas actividades recreativas.

Los productos contaminantes pueden ser residuos en general,  hidrocarburos, aguas servidas y sustancias nocivas líquidas.

Residuos:  Es toda materia inútil, innecesaria, o superflua que ha de eliminarse de a bordo.  El término comprende toda clase de restos de alimentos, salvo el pescado fresco y porciones del mismo, incluyendo aquellos restos resultantes de las tareas de mantenimiento y reparación, los cuales suelen echarse desde el buque en forma continua y periódica.

Dentro de esta categoría se agrupan plásticos (redes de pesca, sogas, bolsas, componentes de embalajes, cajones en desuso, etc.), papeles, vidrios, metales y maderas. También se incluyen aquí los productos de los hundimientos deliberados de buques, aeronaves, plataformas u otras construcciones.

Hidrocarburos: Incluyen el petróleo  en todas sus manifestaciones, los fangos y los productos de refinación de la industria petroquímica.

Aguas servidas: Son las de desagües y otros residuos procedentes de instalaciones sanitarias y  conductos de salida situados en cámaras de servicio médico; de espacios donde se transporten animales vivos; o aguas residuales mezcladas con las de desagües.

Sustancias nocivas líquidas:Son aquellas que descargadas a cuerpos de agua, procedentes de operaciones de limpieza o vaciamiento de tanques de transporte, supondrían un riesgo grave, leve o perceptible para la salud humana, los recursos marinos y las aguas continentales; o irían en perjuicio de los alicientes recreativos o de los usos legítimos de las aguas

Alternativas

Exigir el cumplimiento de las normas vigentes, referidas al tratamiento y destino de los residuos producidos en embarcaciones.

Si bien los efectos adversos sobre el medio acuático se deben especialmente a las actividades desarrolladas por el hombre desde instalaciones terrestres, ante el permanente crecimiento de las actividades náuticas comerciales y deportivas la protección del ambiente acuático requiere del desarrollo de una conciencia colectiva y criterios uniformes para preservar la calidad de las aguas; estableciendo recomendaciones y pautas de acción aplicables a los clubes náuticos, guarderías, puertos comerciales y recreativos (instalaciones idóneas), astilleros, fabricantes de embarcaciones, navegantes y personas relacionadas con las actividades náuticas.

Sergio Londero

Bibliografía

- Régimen de la Navegación Marítima, Fluvial y Lacustre, Título 8 “De la Prevención de la Contaminación Proveniente de Buques”, Prefectura Naval Argentina.

- International Sailing Federation. Ordenanza Nº 4/98 “Régimen para la Protección del Medio Ambiente”, Prefectura Naval Argentina.

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